Poder Ejecutivo En la ciencia política y el derecho constitucional, el Poder Ejecutivo es una de las tres facultades y funciones primordiales del Estado (junto con la Legislativa y Judicial), el cual consiste en hacer cumplir las leyes y que suele ejercer el gobierno o el propio jefe del Estado. Se distingue así del Poder Legislativo, que promulga o revoca leyes, y del Poder Judicial, que interpreta y hace respetar o invalidar las mismas. Es decir que el Poder Ejecutivo es el responsable de la gestión diaria del Estado. El Poder Ejecutivo concibe y ejecuta políticas generales de acuerdo con las cuales las leyes tienen que ser aplicadas, representa a la Nación en sus relaciones diplomáticas sostiene a las Fuerzas Armadas y en ocasiones aconseja con respecto a la legislación. En los estados democráticos el Poder Ejecutivo esta considerado como administrador y ejecutor de la voluntad popular a la cual representa y de la que debe ser su mas firme garante. La misión ejecutiva de un estado totalitario, en cambio, es ejercida al margen de limitaciones legales o jurídicas.Por tanto, es el poder encargado del gobierno y la administración del Estado; cuyas tareas son mas amplias y complejas que las de los demás poderes, y en muchas ocasiones se superpone al poder Legislativo y al Judicial, invadiendo las tareas de estos.
Estudio del Poder Ejecutivo En nuestro país el Poder Ejecutivo es unipersonal, pero no obstante el Vicepresidente es elegido por la ciudadanía juntamente con el presidente quienes conjuntamente componen la formula presidencial. Sin embargo, ya en funciones, el Vicepresidente se desempeñara como presidente del senado, por lo que el jefe de gobierno es la figura mas visible y de mayor importancia del Poder Ejecutivo. En un sistema presidencial, el jefe de gobierno es también el jefe del Estado, mientras que en un sistema parlamentario es generalmente el líder del partido con mayor representación en el Poder Legislativo y es comúnmente llamado Primer ministro en la República de Irlanda y Canciller Federal en Alemania y Austria. Mientras que en Francia, el Poder Ejecutivo se reparte entre el Presidente y el Primer Ministro, sistema que se ha reproducido en una serie de antiguas colonias francesas.
El Poder Ejecutivo de la República Dominicana El poder Ejecutivo lo ejerce el Presidente de la República quien es elegido cada cuatro años por voto directo. Hay un Vicepresidente de la República, que es elegido en la misma forma y por igual periodo del Presidente y conjuntamente con este.El Presidente y el Vicepresidente de la República prestan juramento de sus cargos el 16 de agosto siguiente a su elección fecha en que termina el periodo de los salientes. El Presidente y el Vicepresidente de la República antes de entrar en sus funciones, prestan juramento ante la Asamblea Nacional o ante cualquier funcionario u oficial publico.El Presidente de la República es el jefe de la administraccion publica y el jefe supremo de todas las Fuerzas Armadas de la República y de los cuerpos policiales.
Requisitos para ser Presidente de la Rep. Dominicana Según el articulo 123 para ser presidente de la república deben cumplir una serie de requisitos entre los cuales están los siguientes: 1. Ser Dominicana o Dominicano de nacimiento u origen. 2. Haber cumplido treinta años de edad. 3. Estar en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos.
4. No estar en el servicio militar o policial al menos durante los tres años previos a las elecciones.
Sucesión presidencial En caso de falta temporal del Presidente de la República, después de haber prestado juramento, ejercerá el Poder Ejecutivo, mientras dure esa falta, el Vicepresidente de la República, y a falta de éste, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia. En caso de falta definitiva del Presidente de la República, después de haber prestado juramento, desempeñará la Presidencia de la República por el tiempo que falte para la terminación del período, el Vicepresidente de la República. En caso de que el Vicepresidente de la República faltare definitivamente, asumirá el Poder Ejecutivo interinamente el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, quien, dentro de los 15 días que sigan a la fecha de haber asumido estas funciones, convocará a la Asamblea Nacional para que se reúna dentro de los 15 días siguientes y elija el sustituto definitivo en la sesión que no podrá clausurarse ni declararse en receso, hasta haber realizado la elección. En el caso de que por cualquier circunstancia no pudiere hacerse tal convocatoria, la Asamblea Nacional se reunirá de pleno derecho, inmediatamente, para llevar a cabo la elección en la forma prevista. Funciones principales del Poder Ejecutivo: Según el Artículo 55 de la Constitución de la República Dominicana, son atribuciones del Presidente de la República:
Nombrar los Secretarios y Subsecretarios de Estado y los demás funcionarios y empleados públicos cuyo nombramiento no se atribuya a ningún otro poder u organismo autónomo reconocido por la Constitución o por las leyes, aceptarles sus renuncias y removerlos.
Promulgar y hacer publicar las leyes y resoluciones del Congreso Nacional y cuidar de su fiel ejecución y expedir reglamentos, decretos e instrucciones cuando fuere necesario.
Velar por la buena recaudación y fiel inversión de las rentas nacionales.
Nombrar, con la aprobación del Senado, los miembros del Cuerpo Diplomático, aceparles sus renuncias y removerlos.
Recibir a los Jefes de Estado extranjeros y a sus representantes.
Presidir todos los actos solemnes de la Nación, dirigir las negociaciones diplomáticas y celebrar tratados con las naciones extranjeras u organismos internacionales, debiendo someterlos a la aprobación del Congreso, sin lo cual no tendrán validez ni obligarán a la República.
Disponer todo lo relativo a zonas aéreas, marítimas, fluviales o militares.
Establece la forma en que se cumplirán las leyes.
Dirigir la Fuerza Armada Nacional en su carácter de Comandante en Jefe, ejercer la suprema autoridad jerárquica de ella y fijar un contingente.
Ejercer el mando supremo de la Fuerza Armada Nacional promover sus oficiales a partir del grado de Coronel(a) o Capitán(a) de Navío y nombrarlos(as) para los cargos que les sean privativos.
Declarar los estados de excepción y decretar la restricción de garantías en los casos previstos en la constitución.
Dictar, previa autorización por una ley habilitante, decretos con fuerza de ley.
Convocar la Asamblea Nacional a sesiones extraordinarias.
Reglamentar total o parcialmente las leyes, sin alterar su espíritu, propósito y razón.
Administrar la Hacienda Pública Nacional.
Negociar los empréstitos nacionales.
Decretar créditos adicionales al presupuesto, previa autorización de la Asamblea Nacional o de la Comisión Delegada.
Detalles del Poder ejecutivo
Provee de los recursos económicos para que las leyes se cumplan.
Supervisa el cumplimiento de las leyes
Provee los servicios públicos como son educación, servicios de salud, carreteras, puentes, cuidado ambiental, fuentes de energía, etc.
Garantiza el bienestar de todas las personas que habitan en el territorio peruano, a través de programas sociales, de vivienda, de seguridad social, promoción del empleo, etc.
Promueve el desarrollo económico.
Vela por la seguridad nacional y el orden público.
Ministerios del Estado El Jefe de Gobierno (Presidente) cuenta con la asistencia de un número de ministros, que por lo general tienen responsabilidades centradas en un determinado campo de actuación del ejecutivo (por ejemplo salud, educación, asuntos exteriores), y por un gran número de empleados del gobierno o funcionarios públicos.
La Constitución de la República estipula, en el Artículo 134, la creación por ley de los Ministerios de Estado (anteriormente llamados Secretarías de Estado) que se considere necesario para el adecuado funcionamiento de la Administración Pública. En la actualidad, existen los siguientes Ministerios:
Poder Ejecutivo
En la ciencia política y el derecho constitucional, el Poder Ejecutivo es una de las tres facultades y funciones primordiales del Estado (junto con la Legislativa y Judicial), el cual consiste en hacer cumplir las leyes y que suele ejercer el gobierno o el propio jefe del Estado. Se distingue así del Poder Legislativo, que promulga o revoca leyes, y del Poder Judicial, que interpreta y hace respetar o invalidar las mismas. Es decir que el Poder Ejecutivo es el responsable de la gestión diaria del Estado.
El Poder Ejecutivo concibe y ejecuta políticas generales de acuerdo con las cuales las leyes tienen que ser aplicadas, representa a la Nación en sus relaciones diplomáticas sostiene a las Fuerzas Armadas y en ocasiones aconseja con respecto a la legislación. En los estados democráticos el Poder Ejecutivo esta considerado como administrador y ejecutor de la voluntad popular a la cual representa y de la que debe ser su mas firme garante. La misión ejecutiva de un estado totalitario, en cambio, es ejercida al margen de limitaciones legales o jurídicas.Por tanto, es el poder encargado del gobierno y la administración del Estado; cuyas tareas son mas amplias y complejas que las de los demás poderes, y en muchas ocasiones se superpone al poder Legislativo y al Judicial, invadiendo las tareas de estos.
Estudio del Poder Ejecutivo
En nuestro país el Poder Ejecutivo es unipersonal, pero no obstante el Vicepresidente es elegido por la ciudadanía juntamente con el presidente quienes conjuntamente componen la formula presidencial. Sin embargo, ya en funciones, el Vicepresidente se desempeñara como presidente del senado, por lo que el jefe de gobierno es la figura mas visible y de mayor importancia del Poder Ejecutivo.
En un sistema presidencial, el jefe de gobierno es también el jefe del Estado, mientras que en un sistema parlamentario es generalmente el líder del partido con mayor representación en el Poder Legislativo y es comúnmente llamado Primer ministro en la República de Irlanda y Canciller Federal en Alemania y Austria. Mientras que en Francia, el Poder Ejecutivo se reparte entre el Presidente y el Primer Ministro, sistema que se ha reproducido en una serie de antiguas colonias francesas.
El Poder Ejecutivo de la República Dominicana
El poder Ejecutivo lo ejerce el Presidente de la República quien es elegido cada cuatro años por voto directo. Hay un Vicepresidente de la República, que es elegido en la misma forma y por igual periodo del Presidente y conjuntamente con este.El Presidente y el Vicepresidente de la República prestan juramento de sus cargos el 16 de agosto siguiente a su elección fecha en que termina el periodo de los salientes. El Presidente y el Vicepresidente de la República antes de entrar en sus funciones, prestan juramento ante la Asamblea Nacional o ante cualquier funcionario u oficial publico.El Presidente de la República es el jefe de la administraccion publica y el jefe supremo de todas las Fuerzas Armadas de la República y de los cuerpos policiales.
Requisitos para ser Presidente de la Rep. Dominicana
Según el articulo 123 para ser presidente de la república deben cumplir una serie de requisitos entre los cuales están los siguientes:
1. Ser Dominicana o Dominicano de nacimiento u origen.
2. Haber cumplido treinta años de edad.
3. Estar en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos.
4. No estar en el servicio militar o policial al menos durante los tres años previos a las elecciones.
En caso de falta temporal del Presidente de la República, después de haber prestado juramento, ejercerá el Poder Ejecutivo, mientras dure esa falta, el Vicepresidente de la República, y a falta de éste, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia.
En caso de falta definitiva del Presidente de la República, después de haber prestado juramento, desempeñará la Presidencia de la República por el tiempo que falte para la terminación del período, el Vicepresidente de la República. En caso de que el Vicepresidente de la República faltare definitivamente, asumirá el Poder Ejecutivo interinamente el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, quien, dentro de los 15 días que sigan a la fecha de haber asumido estas funciones, convocará a la Asamblea Nacional para que se reúna dentro de los 15 días siguientes y elija el sustituto definitivo en la sesión que no podrá clausurarse ni declararse en receso, hasta haber realizado la elección. En el caso de que por cualquier circunstancia no pudiere hacerse tal convocatoria, la Asamblea Nacional se reunirá de pleno derecho, inmediatamente, para llevar a cabo la elección en la forma prevista.
Funciones principales del Poder Ejecutivo:
Según el Artículo 55 de la Constitución de la República Dominicana, son atribuciones del Presidente de la República:
Detalles del Poder ejecutivo
- Provee de los recursos económicos para que las leyes se cumplan.
- Supervisa el cumplimiento de las leyes
- Provee los servicios públicos como son educación, servicios de salud, carreteras, puentes, cuidado ambiental, fuentes de energía, etc.
- Garantiza el bienestar de todas las personas que habitan en el territorio peruano, a través de programas sociales, de vivienda, de seguridad social, promoción del empleo, etc.
- Promueve el desarrollo económico.
- Vela por la seguridad nacional y el orden público.
Ministerios del EstadoEl Jefe de Gobierno (Presidente) cuenta con la asistencia de un número de ministros, que por lo general tienen responsabilidades centradas en un determinado campo de actuación del ejecutivo (por ejemplo salud, educación, asuntos exteriores), y por un gran número de empleados del gobierno o funcionarios públicos.
La Constitución de la República estipula, en el Artículo 134, la creación por ley de los Ministerios de Estado (anteriormente llamados Secretarías de Estado) que se considere necesario para el adecuado funcionamiento de la Administración Pública.
En la actualidad, existen los siguientes Ministerios: